viernes, 27 de marzo de 2009

1.El Derecho de Acción y su vigencia en la Postmodernidad

Toda ciencia elabora sus conceptos para reflejar con mayor exactitud y profundidad los objetos que estudia; así la física se sirve de conceptos como átomo, masa, energía, etc.; la biología de conceptos como organismos, herencia, mutabilidad y otros. Con ellos se construye el cuerpo teórico, las leyes y principios que permitirán explicar los fenómenos y objetos sobre el cual recae el estudio de la misma.
Estos conceptos son un del reflejo del mundo objetivo; no son estáticos, se desarrollan, sufren transformaciones, evolucionan; su función lógica estriba en la separación mental de los nexos y rasgos de los fenómenos; por lo tanto, son generalizaciones; su formación se logra a través de las sensaciones, análisis y síntesis, la abstracción, idealización, generalización y silogismos (TECLA Alfredo y GARZA, Alberto 1982 –29-30).
Las comunidad científica en atención al período histórico, desarrolla y guía su quehacer científico mediante un conjunto de conocimientos y creencias, las cuales conforman una cosmovisión del mundo, la cual se cimenta en un cuerpo teórico.
Tomás Samuel Kuhm (1967-225-230), historiador de la ciencia y filósofo, estableció que un paradigma, implica "la constelación de creencias, valores y técnicas compartidas por los miembros de una comunidad científica". En ocasiones, un paradigma no es capaz de resolver todos los problemas, y éstos persisten a lo largo de los años o de los siglos, tal vez acumulándose junto con otros. En ese caso, el paradigma en conjunto comienza a ponerse en cuestión y los científicos comienzan a considerar si supone el marco más adecuado o la forma más correcta de abordar los problemas o si debe ser abandonado. Un ejemplo podría ser la teoría teológica sobre el origen de la vida. Este paradigma predominó por muchos siglos; sin embargo, luego surgió el nuevo paradigma de la teoría darwiniana.
La crisis supone la proliferación de nuevos paradigmas, en unos principios tentativos y provisionales, con vistas a resolver la o las cuestiones más problemáticas. Estos nuevos paradigmas compiten entre sí y cada uno trata de imponerse como el enfoque más adecuado.
Finalmente se produce una revolución científica cuando uno de los nuevos paradigmas sustituye al paradigma tradicional. Las revoluciones científicas se consideran como aquellos episodios de desarrollo no acumulativo en que un antiguo paradigma es reemplazado, completamente o en parte, por otro nuevas e incompatibles.
A diferencia de la posición historicista expuesta por Kuhn, Edgar. Morin(2006) fija una perspectiva dialéctica del concepto paradigma. En este sentido, advierte que en el perviven puntos de vista coincidentes y divergentes; sin embargo, unos predominaran sobre otros. Conceptualiza el concepto paradigma más allá de la propuesta de Kuhn. Según el sociólogo francés, un paradigma significa un tipo de relación muy fuerte de naturaleza lógica entre un conjunto de conceptos fundamentales, relación que puede ser de conjunción o de disyunción. Y es este tipo de relación dominadora la que determinaría la trayectoria de todas las teorías y discursos controlados por el paradigma. El paradigma comporta un cierto número de relaciones lógicas entre conceptos, bien precisas, y estas nociones básicas gobiernan todo discurso. «Un paradigma privilegia algunas relaciones en detrimento de otras, lo que hace que él controle la lógica del discurso. Es la amenaza obscura que orienta los discursos teóricos en este o aquel sentido".
El Derecho Procesal Civil no escapa a esta realidad. Existen en esta área del conocimiento humano conceptos como demanda, pretensión, reconvención, excepciones, traslado, notificaciones, entre otros, los cuales contribuyen al desarrollo de esta ciencia, estructurando un sistema, un cuerpo teórico, que permite dar explicación al fenómeno jurídico conocido como proceso. Estos son un reflejo de las propiedades y vínculos del fenómeno denominado relación jurídico procesal, estableciendo generalizaciones; sin embargo, los mismos no tienen un desarrollo uniforme, pasan, al igual que los conceptos en otras ciencias, por etapas de desarrollo, en donde sus teóricos presentan posiciones divergentes, que vienen a constituir el cimiento axial evolutivo de esta ciencia.
El concepto acción forma parte de los paradigma jurídicos que trataban de dar contenido a unos de los derechos fundamentales. Su uso con lleva diversos significantes, que motivan confusiones, así tenemos que cuando se hace referencia al Derecho Substancial que se pretende preservar se establece en algunas codificaciones civiles, las denominadas acción reivindicatoria, acción posesoria etc.; tiene utilidad también cuando se alude a la jurisdicción a la cual corresponde la relación, así se habla de acción contenciosa administrativa, acción laboral, acción civil o acción penal; algunos lo usan como sinónimo de demanda, e inclusive de pretensión. Por un lado, el concepto ha transitado por diversas etapas en su desarrollo, desde la época Romana, hasta nuestros días, aludiendo, a diversos significados e implicaciones y, por otro lado, han existido divergencias doctrinales, con respecto al contenido del mismo.
En este sentido, es importante abordar el examen de lo que han sido los fundamentales planteamientos teóricos sobre la naturaleza jurídica de la Acción, con el objeto de dotar al lector de un instrumental que le permita utilizar el concepto en forma precisa y que al momento del estudio pueda distinguir los usos dentro de la documentación bibliográfica consultada.
La doctrina ha producido una extensa bibliografía sobre el particular, la cual puede ser agrupada en tres cuerpos teóricos, a saber: Los expositores de la teoría clásica, los defensores de la teoría concreta y los exponentes de la teoría abstracta.
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
KUHNT, T. S. (1967) La estructura de las revoluciones científicas. México: Fondo de Cultura Económica.
MORIN, Edgar (2006). L`Aventure de la Science Fait Partie de l`aventure de l`humanite , Aventure Inconnue. Consultado el 24 de noviembre de 2006, http://edgarmorin.sescsp.org.br/arquivo/download/arquivos/morin_aventura_ciencia.doc
TECLA Alfredo y GARZA, Alberto. Teoría, métodos y técnicas de la investigación social. 1982, México